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Definición de un

estándar más alto

Cuando usted compra un producto SC Johnson, puede confiar en que cumple con los estándares gubernamentales y con nuestros estándares rigurosos internos de salud e impacto ambiental.

Nuestros estándares internos

Desde 2001, el programa de selección de ingredientes SC Johnson Greenlist ha sido utilizado como referente por el departamento de desarrollo de producto de la empresa. El programa Greenlist ayuda a la mejora continua de los productos de la empresa al elegir ingredientes para proteger del mejor modo la salud de las personas y el medio ambiente.

El programa Greenlist va mucho más allá de los requisitos legales. Además, la inversión de tiempo y recursos en cada una de las decisiones que se toman en relación con los ingredientes utilizados supone un coste significativo. Sin embargo, es nuestro compromiso con las familias que utilizan nuestros productos: seguiremos tomando las decisiones mejor informadas en la medida de nuestras posibilidades y, gracias al uso de esta información, determinaremos el modo en que nuestros productos pueden ser más eficaces y seguros.

Programa SC Johnson Greenlist 

Cada ingrediente contenido en los productos de SC Johnson se somete al riguroso programa Greenlist. Este programa de base científica, incluye una evaluación en cuatro pasos que comprende el análisis de peligros y riesgos. Toma como referencia la recopilación de los datos más relevantes y se rige por nuestro compromiso de mejora continua de nuestros productos.

La evaluación en cuatro pasos, que ocupa un lugar central en el programa Greenlist, aplica los siguientes criterios:

  1. Peligros para el ser humano de contraer enfermedades crónicas, como el potencial de presentar cáncer u otras enfermedades que afectan a la reproducción.
  2. Peligros medioambientales a largo plazo, de posible persistencia, acumulación y toxicidad para el medio ambiente.
  3. Peligros graves para el ser humano y para el medio ambiente, como la toxicidad en mamíferos u organismos acuáticos.
  4. Otros posibles riesgos, por ejemplo, si el ingrediente pudiera causar reacción alérgica en la piel  

Elegimos cuidadosamente los ingredientes que superan cada uno de los pasos de nuestro proceso de evaluación en cuatro pasos. Existe un pequeño porcentaje de casos en los que el ingrediente de mayor disponibilidad (como, por ejemplo, el principio activo de un insecticida) puede no superar uno de estos pasos. Si esto sucede, se somete a una evaluación de riesgos para determinar el nivel seguro para las personas y para el medio ambiente; posteriormente, aplicamos las medidas de precaución adicionales correspondientes.

MARCANDO NIVELES DE EXIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD

Cualquier ingrediente potencialmente utilizable en la tierra, —incluidos el oxígeno y el agua—, puede resultar tóxico si se utiliza en proporción suficientemente elevada. Por este motivo, cada uno de los ingredientes que se utiliza en un producto de SC Johnson debe ser evaluado para establecer qué cantidad es segura y qué cantidad podría constituir un riesgo. Como es natural, ya existen normas industriales de seguridad al respecto. Sin embargo, nosotros, en SC Johnson, vamos un paso más allá.

Comenzamos con la evaluación de riesgos utilizando la información de nuestras bases de datos de actualización continua. Cuando existe un posible peligro, evaluamos el ingrediente en cuestión para determinar a qué concentración podría utilizarse, si fuera aplicable, sin que la salud humana o el medio ambiente pudiera sufrir daño alguno. Esto es lo que consideramos un nivel seguro.

A continuación, llevamos a cabo una evaluación adicional de exposición. Los científicos de SC Johnson observan la posible aplicación o uso del producto y cómo podría ser utilizado por los consumidores. Tomamos en consideración el uso más habitual y vamos más allá, seleccionando los ingredientes que utilizaremos y en qué proporción.

Por ejemplo, para un producto de limpieza que generalmente fuera a utilizarse una vez a la semana, tomaríamos muchas más medidas. Examinamos el nivel de exposición a un ingrediente determinado, asumiendo que no se utilice solo una vez, sino varias veces al día. También tenemos en cuenta la variedad de formas en las que los consumidores pudieran utilizar el producto o entrar en contacto con él; por ejemplo, en el caso de un producto limpiacristales utilizado para limpiar la encimera sobre la que se preparan alimentos. Tenemos en cuenta todas las posibles situaciones de uso y las llevamos al extremo para crear un factor de seguridad mayor, mucho más conservador. 

En cada situación, nuestro objetivo es determinar un nivel de uso conservador, “protegido a todo riesgo”. Esta será la concentración admisible para que los científicos de SC Johnson lleven a cabo el desarrollo de producto.

TODO EMPIEZA CON LOS DATOS

El programa Greenlist se basa en un interés constante y riguroso por recopilar los datos más relevantes en cuanto a los ingredientes y su posible impacto en la salud humana y el medio ambiente. Ello incluye el análisis de la información del proveedor, así como la subsanación de cualquier laguna mediante datos públicamente disponibles y científicamente rigurosos.

Cada ingrediente se valora mediante cada uno de los criterios de nuestra evaluación en cuatro pasos. A continuación, un equipo de expertos externo lleva a cabo una evaluación de riesgos que ofrece una valoración científica imparcial de cada uno de los ingredientes.

Todo ello se tiene en cuenta cada vez que creamos nuevos productos o mejoramos los productos existentes. Además, realizamos actualizaciones continuas, a medida que surgen nuevos avances técnicos.

A continuación, ofrecemos algunos ejemplos de las fuentes de datos públicamente disponibles que utilizamos:

ECHA – Información sobre sustancias químicas de la Agencia Europea de Sustancias Químicas (European Chemicals Agency, ECHA)

TOXNET – Base de datos de toxicología, sustancias químicas peligrosas, salud ambiental y emisiones tóxicas de los Institutos Nacionales de Salud de los EE.UU. (TOXNET)

Portal eChem– Datos de propiedad sobre sustancias químicas de la Organización para la Cooperación Económica y Desarrollo.

CA Prop 65 – Propuesta 65 de California, lista de sustancias químicas conocidas por ser cancerígenas o causar defectos congénitos u otros daños que afectan a la reproducción.

INCHEM – Programa Internacional sobre Seguridad Química que proporciona información sobre la seguridad de las sustancias químicas obtenida de organizaciones intergubernamentales.

ToxCast/EDSP 21 – Programa de Cribado de Disrupción Endocrina de la Agencia de Protección Ambiental de los EE. UU.
 

Principios para restricciones y uso

SC Johnson conserva una lista de ingredientes que no son admisibles o que únicamente son admisibles en una proporción muy baja en los productos. Esta lista se denomina lista de “Materiales no admisibles”. Incluye más de 200 materias primas individuales en unas 90 categorías de materiales. Todos estos materiales cumplen los requisitos legales y reglamentarios — y son utilizados a menudo por nuestros competidores. Simplemente no cumplen las normas de SC Johnson, por lo que únicamente los utilizamos en cantidades muy pequeñas e intentamos evitar su uso cuando sea posible.

Leyes y reglamentos gubernamentales

Diseñamos nuestros productos conforme a todas las leyes y reglamentos aplicables. Estos incluyen todos los reglamentos a escala europea, entre otros:

  • leyes y reglamentos de protección al consumidor como: la Directiva sobre los derechos de los consumidores (2011/83/CE); la Directiva sobre la venta y las garantías de los bienes de consumo (99/44/CE); la Directiva sobre la indicación de los precios (98/6/CE); y la Directiva sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa (2006/114/CE).
  • El Reglamento (UE) n.º 528/2012 de productos biocidas, que regula la comercialización y el uso de productos biocidas que se utilizan para proteger a los seres humanos, animales, materiales o productos de los organismos nocivos, como plagas o bacterias. Los productos biocidas de SC Johnson vendidos en la UE incluyen sustancias activas aprobadas por la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA).
  • El Sistema globalmente armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos de las Naciones Unidas, implementado por el Reglamento de la UE n.º 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (CLP).
  • El Reglamento (CE) n.º 1907/2006 relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), que establece procedimientos para recopilar y evaluar información sobre las propiedades y los riesgos de todas las sustancias químicas, incluidos los productos de limpieza.
  • El Reglamento (CE) n.º 648/2004 sobre detergentes y el Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre los productos cosméticos, que regulan el etiquetado y la seguridad de detergentes y cosméticos.
  • Las directrices del CIPAC, la OMS, la FAO y la OCDE, que son directrices sobre los productos pesticidas emitidas por el Consejo Internacional de Colaboración Analítica en Pesticidas, la Organización Mundial de la Salud, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
  • Además de los diferentes reglamentos aplicables a nivel local y regional en cada estado miembro de la UE.